Carta a Francisco Carrasquero (CNE) solicitando la reconsideración
del Art 7 de las Normas para el ejercicio del voto en el
Referendo Revocatorio en el extranjero

 

Caracas, 4 de agosto de 2004

Rector
Francisco Carrasquero
Presidente y demás miembros
Consejo Nacional Electoral

SU DESPACHO

Nos dirigimos a usted, desde la Sub Comisión de Relaciones con los Venezolanos en el Extranjero de la Comisión de Asuntos Exteriores de la Coordinadora Democrática, para solicitar que el Consejo Nacional Electoral reconsidere el artículo 7 de las Normas relativas al voto de los venezolanos en el extranjero. Por considerar que no existe un soporte jurídico para ella en todo el ordenamiento legal venezolano, que contraviene las previsiones constitucionales en materia de derechos políticos y participativos, que violenta acuerdos internacionales que en materia de derechos humanos ha suscrito nuestro país y que no existe precedente alguno en procesos anteriores que pudieran justificarla. Nos permitiremos, además, anexar a usted una serie de documentos, generados en su mayoría en el extranjero, producidos por compatriotas que sienten vulnerados sus derechos, que constituyen referencia útil para reconsiderar la vigencia del artículo 7.

Ciudadano Rector, el papel del Consejo Nacional Electoral es facilitar el ejercicio del derecho al sufragio, de la libertad de elección, a las ciudadanía venezolana. La citada norma lo limita, sin que haya argumento, tradición, legislación o previsión que la justifique. Salvo que estemos en presencia de una acción premeditada destinada a disminuir la presencia de venezolanos en los venideros procesos electorales en el exterior, con el objeto de influir en el resultado de dichos comicios. Y ello sería inaceptable para un directorio designado con la clara misión de permitir la superación de la crisis venezolana a través de la expresión de la voluntad popular.

Nuestros asesores jurídicos, los voceros de algunas agrupaciones de compatriotas residenciados en el exterior que se encuentran en el país y nuestro equipo, estamos a sus órdenes con el objeto de sostener, rápidamente, las reuniones profesionales necesarias con la finalidad de brindarle elementos y opciones al Consejo Nacional Electoral para la reconsideración de la mencionada norma 7.

Rector Carrasquero, recurrimos a usted, a su formación y experiencia jurídica, a su condición de padre de familia, a su carácter de ciudadano preocupado por el destino de Venezuela, para que presente ante el directorio del CNE la posibilidad de la reconsideración aludida. Confiamos en que el Consejo tenga la capacidad de corregir un desacierto, en pro del cumplimiento de su misión.

Quedamos muy atentos en el número 0414-2375007, en la dirección laredvenezuela@yahoo.es y en la página www.redvenezuela.org para recibir su respuesta, dada la premura de las circunstancias.

Agradecidos por su receptividad y en espera de su respuesta, tal como está previsto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, quedamos de usted. Atentamente.

Elena Estaba
CI:
Directora

Elías Santana
CI:
Coordinador